Desde la tradición alemana de la teoría de medios, la aproximación más afín a un marco conceptual de lo político se formula desde una teoría del derecho. Si el enfoque está en las técnicas culturales, los conceptos de lo político parten desde el archivo, desde la estructura de los procedimientos, desde las técnicas de transferencia y procesamiento de información. Alexander Galloway suele citar una frase de Tim Berners-Lee, creador de la World Wide Web: "We define mechanism, not policy". A menudo asumimos ingenuamente que los productos culturales son universales, al margen de las técnicas que los hacen posibles; sin embargo, son precisamente los protocolos y los mecanismos los que configuran —y en última instancia determinan— la política. Por lo mismo, el derecho resulta sustancial para pensar lo político desde una teoría medial: los mecanismos de la política contemporánea dependen de un exclusivo medio de transferencia, la ley. Esta, como menciona Cornelia Vismann ―quien introdujo la teoría de medios a la jurisprudencia―, opera y depende de múltiples medios de transferencia y es sin embargo también un sistema de transferencia, en cuanto transfiere derechos. La política contemporánea depende del derecho, y al mismo tiempo éste depende de técnicas como la escritura y medios como el papel o el computador. Cornelia Vismann hace ver esto, como bien recuerda Bernhard Siegert, en conceptos políticos como el de soberanía: no es la misma antes y después del papel, no es la misma antes y después de la burocracia.
Así, contrariamente a la ya mencionada frase de Tim Berners-Lee, desde esta teoría medial, al definir mecanismo definimos necesariamente también la política. El contenido está subordinado a la forma. El estudio de lo político, de la economía y del grueso de la acción colectiva debe partir desde las técnicas, desde los medios de procesamiento, almacenamiento y transferencia de información. Esto al modo de como Max Weber trabajó el concepto de burocracia, vinculando su auge al establecimiento de sistemas mecánicos y formulando la paradoja de la oralidad en la escritura como regla fundamental de toda burocracia. Este enfoque epistemológico, como hace ver Cornelia Vismann, al mismo tiempo de ofrecer una arqueología de los procesos políticos demuestra una constante que se puede desprender como teoría medial, lo que denomina redundancia o tautologías repetitivas.
Para explicar este fenómeno parte de la relación entre la computación y el derecho. Para Vismann la lógica del derecho puede tener casi que de un modo cibernético, cierto isomorfismo con la estructura computacional. El derecho como sistema performativo interviene radicalmente sobre las realidades del texto y las imágenes, como tal vez ninguna otra estructura hasta la llegada de la computación, quien se convirtió al modo que recuerda Kittler desde el famoso dictum de Turing, en el medio de medios. Las leyes regulan los modos de acción de los medios, del mismo modo que hoy ocurre con la computación. Esta última establece a través del código las posibilidades del usuario frente la interfaz, delimitando accesos, permisos y restricciones mediante una arquitectura jerárquica que opera como un orden normativo propio. Así, el código no solo media la interacción, sino que la prescribe, fijando de antemano qué acciones son posibles y cuáles quedan excluidas. Extendiendo ese discurso, la ley de lo virtual llega hasta lo más profundo del hardware, hasta las condiciones de la CPU y la inclinación de los sistemas informáticos.
De este modo, siendo ambas estructuras isomórficas en operación, lo que ocurre es un escenario de transferencias legales múltiples que termina por producir una redundancia, una tautología repetitiva. La pregunta por construir es: ¿Cómo se relacionan ambos regímenes? ¿Compiten? ¿Qué efectos tienen esas redundancias? Al fin y al cabo, es también una contienda de medios, entre la computación y el papel; entre el código y la escritura. Ahora bien, también ―y tal vez de manera más importante― presenta un valor radicalmente político: ¿De qué forma podemos construir sistemas digitales realmente democráticos? ¿Cómo podemos intervenir en la construcción de "leyes" cuando las affordances están continuamente determinadas por las plataformas económicas?
Es como si en el ámbito jurídico hubiera surgido un parásito que, al operar de forma isomórfica, se erigiera como alternativa política. Si antes las leyes generaban leyes, hoy parecemos desplazarnos hacia un sistema performativo paralelo, donde el código produce código, las inteligencias artificiales dictan normas para otras inteligencias artificiales y todo parece dirigirse hacia un futuro en el que la democracia, el proceso de elaboración de la ley y la noción misma de sanción son completamente otros. Una nueva ecología medial merece una nueva política.